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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248608
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 57

CONFESIONAL. ILEGAL ABSOLUCION POR APODERADO DE POSICIONES, SI EL QUE LAS ARTICULA EXIGE QUE LA PARTE CONTRARIA LO HAGA PERSONALMENTE (ALBACEAS).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo directo 809/85. Leandro Abad Rodríguez. 30 de mayo de 1985. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESIONAL, DESAHOGO DE LA, ES ILEGAL QUE EL APODERADO ABSUELVA POSICIONES SI EL QUE LAS ARTICULA EXIGE QUE LA PARTE CONTRARIA LAS ABSUELVA PERSONALMENTE.".
Registro digital (IUS): 248608