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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 72
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. REVERSION DE LA CARGA DE LA PRUEBA, AUNQUE EL PATRON ACEPTE HABER PAGADO PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 72
Si la parte demandada negó el despido de los trabajadores e hizo el ofrecimiento a los mismos del trabajo en iguales términos y condiciones en que lo venían prestando y se aceptó en la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, se invierte la carga de la prueba aun cuando el patrón haya afirmado haber pagado "los domingos y días de fiesta" cuando fueron trabajados, habida cuenta que esas prestaciones, por derivar de circunstancias extraordinarias, no forman parte del salario conforme al artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo en vigor.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 22/84. Fernando González Cabrera y otro. 2 de abril de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "DESPIDO. NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. SE INVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA AUNQUE EL PATRON ACEPTE HABER PAGADO PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS.".