Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248631
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248631
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 72

DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. SIN ESPECIFICAR CONDICIONES. DEBE ESTIMARSE DE BUENA FE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 72

Precedentes

Amparo directo 273/84. Francisco Alarcón González. 16 de abril de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Mercedes Montealegre López. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. CUANDO DEBE ESTIMARSE DE BUENA FE.".
Registro digital (IUS): 248631