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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248639
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 78

DOCUMENTOS CONTRADICTORIOS. DEBE OPTARSE POR EL QUE NO CAUSE PERJUICIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 78

Precedentes

Amparo en revisión 442/83. Francisco Javier Lara González en representación de Tomasa Suárez Vásquez. 18 de junio de 1985. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Pedro Pablo Hernández Lobato. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "DOCUMENTOS CONTRADICTORIOS. DEBE ACOGERSE AQUEL QUE NO CAUSE PERJUICIO.".
Registro digital (IUS): 248639