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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248651
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 87

FIRMA FACSIMILAR. LA RESOLUCION QUE LA CONTIENE CARECE DE FIRMEZA SI NO ESTA ACOMPAÑADA DE OTROS SIGNOS DEMOSTRATIVOS DE QUE AQUELLA CORRESPONDE AL FUNCIONARIO O SECRETARIO QUE LA EXTIENDE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 87

Precedentes

Queja 3/85. Juez Segundo de Distrito en el Estado de Puebla. 11 de abril de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Marta Lucía Ayala León. Secretaria: Lidia Beristáin Gómez.
Registro digital (IUS): 248651