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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248663
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 98

INFORME JUSTIFICADO, NEGATIVA EN EL, POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE, DEL ACTO RECLAMADO. NO SURTE EFECTOS, SI NO SE PONE A LA VISTA DE LA PARTE QUEJOSA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 98

Precedentes

Amparo en revisión 17/84. Caritina Rivera Reyes y coagraviados. 11 de marzo de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Nicolás Leal Salazar. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "INFORME JUSTIFICADO, CASO EN QUE LA NEGATIVA DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO SURTE EFECTOS, POR NO HABERSE PUESTO A LA VISTA DE LA PARTE QUEJOSA EL.".
Registro digital (IUS): 248663