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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 130
PERSONALIDAD, EXCEPCION IMPROCEDENTE DE FALTA DE, CUANDO SE ALEGA QUE EL PODER CONFERIDO NO PUEDE SURTIR EFECTOS AL NO HABERSE INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO, SI EL ACTOR LO EXHIBIO CON SU ESCRITO DE DEMANDA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 130
La finalidad del Registro Público de la Propiedad es la de dar publicidad a los actos registrables, a efecto de que los terceros interesados puedan tener conocimiento de tales actos; ese objetivo se satisface plenamente con la exhibición del poder respectivo por parte de la actora, ya que de esa manera la demandada tuvo conocimiento del mismo, y, por ende, gozó de la oportunidad de impugnarlo, como en realidad lo hizo, no causándole, por ese motivo, agravio alguno.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 23/85. Autobuses Xonacatlán, Cometa Azul, S. A. de C. V. 20 de marzo de 1985. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PERSONALIDAD, EXCEPCIÓN DE FALTA DE, ES IMPROCEDENTE CUANDO SE ALEGA QUE EL PODER CONFERIDO NO PUEDE SURTIR EFECTOS AL NO HABERSE INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO, SI EL ACTOR EXHIBIÓ DICHO PODER CON SU ESCRITO DE DEMANDA.".