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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 134
POLICIAS, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS. FALTA DE INTERES JURIDICO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 134
Tomando en cuenta lo dispuesto por los artículo 32, inciso a), 33, 35, 36 y 37 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal y que esta última está constituida por personal de carrera, que comprende el de línea y el de servicio, el que a su vez queda integrado por los elementos que laboran en las oficinas y demás dependencias administrativas de la policía, si no existe prueba en autos de que el quejoso sea titular de un derecho que se traduzca en la inamovilidad de las funciones que desempeña como miembro de tal policía, debe concluirse que el acto reclamado consistente en el cambio de adscripción o de funciones que venía desempeñando no afecta su interés jurídico, más aún cuando de ninguna manera se lesionen sus derechos de antigüedad, estabilidad en el empleo o aquellos de naturaleza económica que resulten de su relación laboral con las autoridades del Departamento del Distrito Federal y en todo caso el acto administrativo correspondiente se dicte con un evidente propósito de mejorar el servicio público.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 203/85. Filemón Nava Martínez. 5 de marzo de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Alejandro Garza Ruiz.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "POLICIA, CAMBIO DE ADSCRIPCION. INTERES JURIDICO.".