Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248765
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248765
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 180

VIOLACIONES PROCESALES. AMPARO INDIRECTO IMPROCEDENTE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 193-198, Sexta Parte; Pág. 180

Precedentes

Desechamiento 16/84, RP-25/85. Demesio González Asian. 25 de marzo de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León D'hers. Secretaria: Laura Gutiérrez de Velasco R. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO. NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE.".
Registro digital (IUS): 248765