Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248802
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248802
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 17

AGRARIO. HEREDERO EN LA MATERIA. SU DESIGNACION EN LA LISTA DE SUCESION NO PRUEBA LA DEPENDENCIA ECONOMICA DEL SUCESOR.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 39/84. María Adriana Valenzuela Zazueta. 11 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretario: Jesús Antonio Becerril. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "HEREDERO, EN MATERIA AGRARIA. SU DESIGNACION EN LA LISTA DE SUCESION NO PRUEBA LA DEPENDENCIA ECONOMICA DEL SUCESOR.".
Registro digital (IUS): 248802