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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248805
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 19

AGRARIO. DERECHOS. DESIGNACION DE SUCESOR PREFERENTE. NO ES ILEGAL SI SE HACE ANTE NOTARIO PUBLICO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 272/84. Loreto Santiago Espinoza. 13 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Domínguez Viloria. Secretario: Carlos Arturo Lazalde Montoya. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. DESIGNACION DE SUCESOR PREFERENTE DE DERECHOS. NO ES ILEGAL SI SE HACE ANTE NOTARIO PUBLICO.".
Registro digital (IUS): 248805