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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248820
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 28

ARRENDAMIENTO, DAÑOS Y PERJUICIOS EN EL. ES PRUEBA INSUFICIENTE PARA DEMOSTRARLOS EL CONTRATO CELEBRADO CON TERCERA PERSONA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo directo 276/84. Laura Palacios Uribe. 4 de julio de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Marta Lucía Ayala León. Secretario: Martín Amador Ibarra. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 157-162, página 31. Amparo directo 713/81. Lidia García Olace. 26 de enero de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Octaviano Escandón Báez. Nota: En los Informes de 1982 y 1984, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, ES PRUEBA INSUFICIENTE PARA DEMOSTRAR DAÑOS Y PERJUICIOS EL CONTRATO CELEBRADO CON TERCERA PERSONA.".
Registro digital (IUS): 248820