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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248841
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 43
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD. AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 43
Existen criterios conforme a los cuales en el juicio de amparo la Comisión Federal de Electricidad tiene carácter de tercero perjudicado y no de autoridad responsable, pero como conforme a la ley es la encargada de calcular y de efectuar el cobro del impuesto especial sobre producción y servicios que grava el servicio de energía eléctrica, para tales efectos necesariamente se le debe de considerar como responsable.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 463/83. José Augusto Esparza y coagraviada. 5 de octubre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez. Secretario: Gilberto Andrés Delgado Pedroza.