Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248863
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248863
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 58

DEMANDA DE AMPARO, DESECHAMIENTO DE LA. FALTA DE REQUISITOS ESENCIALES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 58

Precedentes

Amparo en revisión 700/84. Maíz Industrializado Conasupo, S.A. de C.V. 29 de agosto de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: J. S. Eduardo Aguilar Cota. Secretaria: Hortensia Núñez Olmos. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 181-186, página 235. Amparo en revisión 561/74. Telas Especiales de México, S.A., 14 de enero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO, DESECHAMIENTO DE LA.". Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, noviembre de 2004, página 5, tesis por contradicción P./J. 111/2004, con el rubro: "DEMANDA DE AMPARO. LA AUSENCIA TOTAL DE CONCEPTOS DE VIOLACIÓN NO MOTIVA QUE EL JUZGADOR PREVENGA AL QUEJOSO."
Registro digital (IUS): 248863