Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248868
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 60
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO CONTROVIRTIENDOSE EL PAGO DE UN SALARIO, SIN MODIFICAR SU BASE. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 60
Cuando el trabajador señala que percibía salario por comisión e indica la cantidad que obtuvo como último ingreso; y por su parte el patrón acepta el porcentaje base de la comisión, pero controvierte la suma del último ingreso, el ofrecimiento del trabajo es en los mismos términos y condiciones en que se prestaba, puesto que la objeción al salario no implica ninguna modificación, porque subsistió el porcentaje base de la comisión.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 587/84. Organización Cultural Interamericana, S.A. 22 de agosto de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 181-186, página 67. Amparo directo 1313/83. Aurelia Herrera Arroyo. 14 de marzo de 1984. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Horacio Cardozo Ugarte.
Nota:
En la publicación original la tesis del asunto 1313/83 aparece bajo el rubro "DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO, CUANDO SE PAGA SALARIO INFERIOR AL MINIMO. NO REVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA.".
En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "DESPIDO CARGA DE LA PRUEBA.".