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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248881
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 70

ENERGIA ELECTRICA, LIQUIDACIONES POR CONCEPTO DE. INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION PARA CONOCER PORQUE NO SE TRATA DE UN CREDITO FISCAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 70

Precedentes

Amparo directo 576/83. Luis Girault Esteva y otro. 9 de agosto de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: José Luis Rodríguez Santillán. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. NO ES COMPETENTE PARA CONOCER SOBRE LIQUIDACIONES POR CONCEPTO DE ENERGIA ELECTRICA, PORQUE NO SE TRATA DE UN CREDITO FISCAL.".
Registro digital (IUS): 248881