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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 71
ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTACULOS PUBLICOS EN EL DISTRITO FEDERAL, REGLAMENTO PARA. FUE EXPEDIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE Y NO ES AUTONOMO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 71
El Reglamento para Establecimientos Mercantiles y Espectáculos Públicos para el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 26 de enero de 1981, no es autónomo, ya que, en materia de establecimientos mercantiles y espectáculos públicos para el Distrito Federal, complementa y adecúa para su aplicación las fracciones VII, XIII y XIV del artículo 17 de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, por lo que se entiende que el presidente de la República hizo uso, como era su obligación, de la facultad que le confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución General de la República y que, con fundamento en el precepto legal citado, al expedir el aludido reglamento provee en esa forma a la exacta observancia de una ley expedida por el Congreso de la Unión, como lo es la mencionada anteriormente; consecuentemente, el reglamento en cuestión fue expedido por autoridad competente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 528/84. Gastronómica Rivera, S.A. 4 de octubre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretaria: María del Consuelo Núñez Martínez.
Amparo en revisión 642/84. Luqui Roger, S.A. 25 de octubre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Benjamín Soto Cardona.
Amparo en revisión 1380/83. Raúl Medrano Romero. 9 de Noviembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Isaías Corona Ortiz.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "REGLAMENTO GENERAL PARA ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES Y ESPECTACULOS PUBLICOS EN EL DISTRITO FEDERAL. FUE EXPEDIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE. NO ES AUTONOMO.".