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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248885
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 73
EXTRADICION SUSPENSION DEFINITIVA PROCEDENTE CONTRA LOS EFECTOS DEL MANDAMIENTO DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 73
No es verdad que de concederse la suspensión definitiva contra los efectos que produce la orden de extradición se afecte el interés social, porque no motiva la inobservancia del tratado de extradición celebrado por el Gobierno de la República Mexicana con el país solicitante, con detrimento de las relaciones diplomáticas entre ambas naciones, pues al concederse la medida suspensional, para mantener viva la materia del amparo, lo único que se ocasiona es suspender los efectos de la orden de extradición, lo que no implica la inobservancia del tratado; antes bien, con esa medida se da oportunidad a los tribunales federales de que analicen la constitucionalidad de la orden de extradición reclamada, de donde si no se afecta al interés social, es procedente conceder la suspensión definitiva de acuerdo con lo que disponen los artículos 124 y 136 de la Ley de Amparo, para el efecto de que no se ejecute tal mandamiento de extradición, debiendo quedar el quejoso a disposición del Juez a quo en el lugar en que se encuentra detenido, en cuanto se refiere a su libertad personal, hasta en tanto no se falle con sentencia ejecutoria el juicio de amparo respectivo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 134/84. Pietro Antonio Arisi. 28 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: J. Jesús Duarte Cano. Secretario: Guillermo Martínez Martínez.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION DEFINITIVA. PROCEDENCIA DE LA. CONTRA LOS EFECTOS DEL MANDAMIENTO DE EXTRADICION.".