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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 83
IMPUESTO PREDIAL. CUANDO ES IMPUTABLE SU COBRO AL TESORERO DEL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 83
Si del análisis de las documentales ofrecidas se advierte que éstas llevan en la parte central la leyenda "Tesorería del Distrito Federal" y, además en el ángulo inferior izquierdo se encuentra impresa otra que dice: "El tesorero del Distrito Federal", debe considerarse que con tales elementos quedan probados los actos reclamados al tesorero del Distrito Federal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1070/84. Javier Aguayo Silva. 12 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretario: Rigoberto Calleja López.