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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248895
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 85

JUSTICIA DE PAZ, LITIS EN LA. FIJADA, YA NO PUEDE MODIFICARSE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 85

Precedentes

Amparo directo 1647/84. Olga Piña Flores de Costales. 14 de noviembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Pedro Villafuerte Gallegos. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "JUSTICIA DE PAZ. ESTABLECIDA LA LITIS, YA NO PUEDE MODIFICARSE.".
Registro digital (IUS): 248895