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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248908
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 95

MENORES DE EDAD, SUPLENCIA DE LA QUEJA TRATANDOSE DE, CUANDO EXISTEN INTERESES OPUESTOS ENTRE ESTOS Y QUIEN EJERCE LA PATRIA POTESTAD (ALIMENTOS).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 95

Precedentes

Amparo directo 226/82. Dora María González Méndez. 13 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "SUPLENCIA DE LA QUEJA TRATANDOSE DE MENORES DE EDAD, CUANDO EXISTEN INTERESES OPUESTOS ENTRE ESTOS Y QUIEN EJERCE LA PATRIA POTESTAD.".
Registro digital (IUS): 248908