Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/248926
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 108
PERSONALIDAD, EXCEPCION DE FALTA DE. NO DA LUGAR A ESTUDIAR LOS ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTA CONSTITUTIVA, NI DE LAS DIVERSAS ASAMBLEAS CELEBRADAS POR LOS SOCIOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 108
Las supuestas anomalías de las actas de constitución y diversas asambleas de una sociedad, que señala la solicitante de amparo, amén de que debieron ser materia de la nulidad respectiva que declarase la autoridad judicial correspondiente, en nada le agravian, puesto que, a quien perjudicarían en su caso, sería a los legítimos interesados (en este caso los socios).
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 313/84. Sociedad Mercantil "Sale More" y Asociación Profesional Enrique Salgado y Asociados. 13 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.