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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248932
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 112
POSESION, PRUEBA DE LA. ACTAS DEL REGISTRO CIVIL NO APTAS PARA ACREDITARLA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 112
Si bien es cierto que la ley no establece pruebas privativas o exclusivas para acreditar la posesión de un bien, también lo es que las que tiendan a demostrar la misma deben ser suficientemente aptas para acreditarla, y respecto a las actas del Registro Civil, siendo documentos públicos, demuestran el estado civil de las personas, mas no así, aun conteniendo el domicilio de las personas, que las mismas residan en el lugar que se expresa, y menos el carácter con el que lo hagan. Por lo cual, si las documentales aportadas indican que los interesados tienen su domicilio en cierto lugar, esa circunstancia resulta ineficaz para probar que se encuentran en posesión de la fracción que pretendan reivindicar.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 551/84. Maximina Herrera y coagraviados. 27 de agosto de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: Libertad Rodríguez Verduzco.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "ACTAS EL REGISTRO CIVIL. NO SON APTAS PARA ACREDITAR LA POSESION.".