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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 125
PRUEBAS, DESECHAMIENTO DE LAS, EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. JUICIO DE AMPARO INDIRECTO IMPROCEDENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 125
El desechamiento de una prueba es una violación al procedimiento que sólo puede reclamarse al promoverse demanda de garantías contra la resolución definitiva que se pronuncie en el propio procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 114, fracción II, en relación con el 74, fracción III, y 73, fracción XVIII de la Ley de Amparo; de manera que el juicio de amparo indirecto que se ejercite contra ese tipo de acuerdos resulta improcedente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 681/84. High Life de Tijuana, S.A. 5 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: J. S. Eduardo Aguilar Cota. Secretario: Ricardo Rivas Pérez.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, IMPROCEDENCIA DEL.".