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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 139
REGISTRO PUBLICO, NO TIENE EL CARACTER DE DEFINITIVA LA NEGATIVA A INSCRIBIR UNA ESCRITURA EN EL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 139
La negativa por parte del director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio en el Estado de Chiapas, a registrar una escritura pública, no tiene carácter definitivo, pues de acuerdo con los artículos 2985, 2986 y 2987 del Código Civil para el Estado de Chiapas, el quejoso pudo obtener la revocación o modificación a través de un medio de defensa, esto es, con la resolución que emita el Juez ante el cual se impugna ese acto, ya que los efectos de éste quedan en suspenso, a virtud de la anotación preventiva que ordena el segundo de los preceptos citados.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 379/84. Jesús Sánchez Caballero. 25 de octubre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos A. González Zárate. Secretario: Amado Chiñas Fuentes.
Amparo en revisión 511/84. Manuela Aceituno viuda de Tomas. 8 de noviembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos A. González Zárate. Secretario: Jorge Valencia Méndez.