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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248968
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 140

REGLAMENTOS HETEROAPLICATIVOS, REQUISITOS DE PROCEDENCIA EN AMPARO CONTRA LOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 140

Precedentes

Amparo en revisión 1220/84. Pare, S.A. 9 de noviembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Altaí Soledad Monzoy Vázquez. Amparo en revisión 678/83. María de Jesús Chavarín Uribe (Bajo el Cielo de Jalisco). 27 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretaria: María del Consuelo Núñez Martínez. Amparo en revisión 515/84. Francisco Oviedo Ramos. 6 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Benjamín Soto Cardona. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 163-168, página 128. Amparo en revisión 62/82. Manuel Salazar Naranjo. 2 de septiembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: Margarita Beatríz Luna Ramos. Nota: En los Volúmenes 163-168, página 128, la tesis aparece bajo el rubro "REGLAMENTOS HETEROAPLICATIVOS, REQUISITOS DE PROCEDENCIA EN AMPARO CONTRA LOS. VISITAS.".
Registro digital (IUS): 248968