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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
248980
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 148

RIÑA. ES MODALIDAD DE LOS DELITOS DE HOMICIDIO Y LESIONES Y DEBE ESTABLECERSE EN EL MOMENTO DE DICTARSE SENTENCIA DEFINITIVA Y NO EN EL AUTO DE FORMAL PRISION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 148

Precedentes

Amparo en revisión 394/84. Germán García de León Duarte. 21 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Gabriel Santos Ayala. Secretaria: Martha G. Ortiz Polanco.
Registro digital (IUS): 248980