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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 248985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 151
SALUD, DELITO CONTRA LA. TENTATIVA DE TRAFICO INEXISTENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 151
El delito se desplaza a lo largo del tiempo desde que apunta como idea en la mente hasta su terminación. Con la manifestación principia la fase externa, la cual termina con la consumación. Esta fase externa comprende desde el momento en que se hace manifiesto el delito, se prepara y se ejecuta. Esta última fase puede ofrecer dos aspectos diversos, la tentativa y la consumación, entendiéndose como tentativa los actos ejecutivos encomendados a la realización del delito, si éste no se consuma por causas ajenas a la voluntad del sujeto; significándose la ejecución por actos que penetran en el núcleo del delito, esto es, ejecutar actos en relación con el "verbo" principal del tipo de que se trate. Por otra parte, se debe tener presente que la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su Primera Sala, ha definido como tráfico de estupefacientes la realización en forma reiterada de operaciones consistentes en pasar la droga de una persona a otra (venta, trueque, etc). Ahora bien, si el activo ejecutó actos materiales tendientes a realizar una posible venta de heroína, debe concluirse que no se acreditan ni el cuerpo del delito contra la salud en su modalidad de tráfico de heroína en grado de tentativa, ni su presunta responsabilidad, toda vez que faltaría el elemento relativo a la reiteración o habitualidad de la conducta del agente y que ésta no se hubiera llevado a cabo por causas ajenas al mismo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 604/83. Zacarías Ramírez Martínez. 5 de octubre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez. Secretario: Xavier Luevano Mesta.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "TENTATIVA DE TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES, INEXISTENCIA DE LA.".