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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249000
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 162

SUSPENSION DEFINITIVA, EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA PROVISIONAL NO ES OBICE PARA QUE EL JUEZ DE DISTRITO RESUELVA SOBRE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 162

Precedentes

Incidente en revisión 96/84. María Emelina García Gordillo de Santiago. 18 de octubre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretaria: Araceli Cuéllar Mancera. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION DEFINITIVA, EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA SU OTORGAMIENTO NO ES OBICE PARA QUE EL JUEZ DE DISTRITO RESUELVA SOBRE LA.".
Registro digital (IUS): 249000