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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 173
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE CONFIANZA, AMPARO EN CASO DE. APLICACION DE CRITERIOS ADMINISTRATIVOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 173
Para diferenciar la naturaleza de una acción estrictamente laboral de la de un acto administrativo en sentido lato, debe atenderse si se encuentra acreditada una relación de supra a subordinación respecto al quejoso, que sufrió las consecuencias de una decisión de imperio, por lo que no puede sostenerse que en estos casos se trate de una relación laboral regulada por un libre convenio celebrado entre las partes, y en esas condiciones para resolver en el juicio de amparo deben aplicarse criterios administrativos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 940/84. José Luis Garduño Valdez. 12 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretario: Gregorio Valencia Bracamontes.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO, EMPLEADO DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO. APLICACION DE CRITERIOS ADMINISTRATIVOS.".