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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 187
VISITAS, PAPELES DE TRABAJO QUE INTEGRAN EL ACTA DE. DEBEN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO 84, FRACCIONES V, VI Y VII DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1982.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 187-192, Sexta Parte; Pág. 187
El artículo 84, fracciones V, VI y VII del Código Fiscal anterior establecía que los visitadores harían constar en el acta final de auditoría, en una forma circunstanciada, los hechos u omisiones que observaran en la práctica de la visita, que el visitado o la persona con quien se entendiera la diligencia, los testigos y los visitadores deberían de firmar el acta, y que con esas formalidades se levantarían las actas parciales o complementarias; por tanto, al ser los papeles de trabajo parte integrantes del acta final de auditoría, según manifestación expresa de los visitadores, los mismos deberían ser firmados por el visitado, los testigos y las personas que practicaran la visita, y sin esos requisitos no cumplían con las exigencias del artículo 84, fracciones V, VII y VIII, del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 31 de diciembre de 1982.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1116/83. Fernando Coronel Orañegui. 18 de septiembre de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez.