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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249088
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 42

AUDIENCIA INCIDENTAL, IMPROCEDENCIA DEL APLAZAMIENTO DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 42

Precedentes

Amparo en revisión 34/84. Evangelina Escárcega de Cañedo y Alicia Escárcega de Sánchez. 28 de febrero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 169-174, página 223. Incidente en revisión 61/82. Gerardo Tomás Arias Mateo. 9 de diciembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón.
Registro digital (IUS): 249088