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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249091
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 44

AUTO DE FORMAL PRISION. NO PUEDE SER VIOLATORIO DE LAS GARANTIAS TUTELADAS POR EL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 44

Precedentes

Amparo en revisión 257/84. Juez Primero de Primera Instancia de Coatzacoalcos, Veracruz. 12 de junio de 1984. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez.
Registro digital (IUS): 249091