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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249096
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 50

CAREO. NO ES UNA PRUEBA PROPIA DEL PROCEDIMIENTO LABORAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 32/84. Ignacio Morales Mayoral. 10 de febrero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 198/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 18/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, marzo de 2006, página 234, con el rubro: "CAREOS. LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PODRÁ ORDENARLOS OFICIOSAMENTE, DE MANERA EXCEPCIONAL."
Registro digital (IUS): 249096