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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 55
COMPRAVENTA RATIFICADA ANTE CORREDOR. SURTE EFECTOS DE INSTRUMENTO PUBLICO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 55
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 51, 64 y 67 del Código de Comercio, el corredor tiene fe pública y puede otorgarla respecto de los actos a que expresamente lo faculta dicho ordenamiento jurídico, entre estos, la compraventa; de tal manera que si las partes que celebran un contrato de esa naturaleza lo llevan a la presencia de dicho fedatario y ante él ratifican su firma y contenido y el corredor da fe de esa circunstancia, ese contrato queda revestido de autenticidad y, con ello, de la solemnidad requerida para producir los efectos de un instrumento público, apto para fundar la acción ejecutiva mercantil en término del artículo 1391, fracción II, del ordenamiento mercantil mencionado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1054/83. Arrendadora Finac, S.A. de C.V. 9 de mayo de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "COMPRAVENTA. EL CONTRATO DE, SURTE EFECTOS DE INSTRUMENTO PUBLICO SI ES RATIFICADO ANTE CORREDOR.".