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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249108
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 58
CORRUPCION DE MENORES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 58
Este Tribunal Federal estima que al demostrarse que el inculpado le dio al menor a tomar bebidas embriagantes, ello es suficiente para tener por acreditada la infracción de corrupción de menores prevista en el artículo 193 del Código de Defensa Social del Estado de Chihuahua, independientemente de que el menor haya o no adquirido los hábitos del alcoholismo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 182/84. Leonardo Simental Chávez. 22 de junio de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "INFRACCION ANTISOCIAL. CORRUPCION DE MENORES.".