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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249110
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 59

COSTAS PROHIBIDAS POR EL ARTICULO 17 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 59

Precedentes

Amparo directo 30/84. Rolando Van Kurczyn. 8 de marzo de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "COSTAS. CUALES SON LAS QUE PROHIBE EL ARTICULO 17 CONSTITUCIONAL.".
Registro digital (IUS): 249110