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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249126
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 70

DESVANECIMIENTO DE DATOS, IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE NIEGA LA LIBERTAD POR, SI EN SU CONTRA PROCEDE RECURSO DE APELACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 70

Precedentes

Amparo en revisión 83/84. Ricardo de Jesús Díaz Romero. 5 de abril de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Informe 1984, página 301. Amparo directo 28/79. Félix Salazar Rivera. 22 de febrero de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Informe 1984, página 301. Amparo en revisión 327/77. Sergio Antonio Flores González. 30 de septiembre de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro.
Registro digital (IUS): 249126