Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249128
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249128
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 71

DIVORCIO, ALIMENTOS A CARGO DEL CONYUGE CULPABLE DEL (ARTICULO 288 REFORMADO DEL CODIGO CIVIL).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo directo 457/84. Filiberto Barradas Zurutuza. 3 de mayo de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 157-162, página 70. Amparo directo 1604/82. Federico Gilberto López Conde. 20 de abril de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Corrales González. Secretario: Amado Lemus Quintero. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS A CARGO DEL CONYUGE CULPABLE DEL DIVORCIO (ARTICULO 288 REFORMADO DEL CODIGO CIVIL).".
Registro digital (IUS): 249128