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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249130
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 72

DIVORCIO, DELITO INFAMANTE COMO CAUSAL DE (FRACCION XIV DEL ARTICULO 267 DEL CODIGO CIVIL) NO SE CONFIGURA SUMANDO PENAS MENORES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 72

Precedentes

Amparo directo 1561/83. María Patricia Díaz Sologuren. 11 de enero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO POR LA CAUSAL PREVISTA EN LA FRACCION XIV DEL ARTICULO 267 DEL CODIGO CIVIL. NO SE CONFIGURA SUMANDO PENAS MENORES.".
Registro digital (IUS): 249130