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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249175
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 108
INFORMES DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, DIAS INHABILES PARA RENDIR LOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 108
La jurisprudencia relativa a que deben considerarse inhábiles para la interposición del juicio de amparo los días en que las autoridades responsables dejan de laborar, también favorece a éstas en cuanto al término para rendir sus informes; de tal manera que al encontrarse disfrutando del período legal de vacaciones, es evidente que no están en posibilidad de rendir los informes que le fueron solicitados por el Juez de Distrito, resultando por consiguiente incorrecto que dicho funcionario haya tenido por presuntivamente ciertos los actos reclamados de la autoridad que se encontraba en esas condiciones y le impusiera una multa.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 48/84. Luis A. Sosa Ayala. 28 de febrero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Zárate Sánchez. Secretaria: Juliana Martínez Cerda.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "AUTORIDADES RESPONSABLES. DIAS INHABILES PARA RENDIR SUS INFORMES.".