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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 122
MARCAS, USO DE. SON INTRASCENDENTES PARA CALIFICARLO. LOS CONVENCIONALISMOS UTILIZADOS EN LAS FACTURAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 122
El uso de convencionalismos en las facturas para relacionar la mercancía vendida, no puede tomarse en cuenta para calificar el uso de una marca, pues lo que la identifica de otros productos que se ofrecen al consumidor es la etiqueta que la singulariza.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1381/83. Cavas Bach, S. A. 25 de enero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "FACTURAS. ES INTRASCENDENTE PARA CALIFICAR EL USO DE UNA MARCA, LOS CONVENCIONALISMOS UTILIZADOS EN LAS.".