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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACIONES FISCALES. LAS REMITIDAS POR CORREO CERTIFICADO A PERSONAS MORALES PUBLICAS O PRIVADAS, SON CORRECTAS SI SE ENTREGAN EN LA RESPECTIVA OFICINA DE CORRESPONDENCIA.". Por ejecutoria del 28 de agosto de 2013, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 181/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249197
Clave de tesis
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 128

NOTIFICACIONES POR CORREO CERTIFICADO EN MATERIA FISCAL. LAS REMITIDAS A PERSONAS MORALES PUBLICAS O PRIVADAS, SON CORRECTAS SI SE ENTREGAN EN LA RESPECTIVA OFICINA DE CORRESPONDENCIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 128

Precedentes

Amparo en revisión 445/84. Aeronaves de México, S. A. 14 de junio de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Antonio Meza Alarcón. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACIONES FISCALES. LAS REMITIDAS POR CORREO CERTIFICADO A PERSONAS MORALES PUBLICAS O PRIVADAS, SON CORRECTAS SI SE ENTREGAN EN LA RESPECTIVA OFICINA DE CORRESPONDENCIA.". Por ejecutoria del 28 de agosto de 2013, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 181/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.
Registro digital (IUS): 249197