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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249200
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 131

NULIDAD, INCIDENTE DE. SI EN VEZ DE TRAMITARLO EL JUEZ DICTA SENTENCIA, DEBE ORDENARSE LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 131

Precedentes

Amparo directo 97/84. Roberto Ruelas R. 28 de marzo de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María de Lourdes Delgado Granados. Amparo en revisión 1194/83. Técnicos Inmobiliarios Galeote, S. A. 28 de marzo de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero.
Registro digital (IUS): 249200