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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249223
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 149

PRIMA DE ANTIGÜEDAD, MONTO DE LA. INTERPRETACION DE LOS ARTICULOS 162, FRACCION II, 484 Y 486 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 149

Precedentes

Amparo directo 640/83. Mariano Pérez Gil 25 de abril de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Nicandro Martínez López. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "INTERPRETACION DE LOS ARTICULO 162 FRACCION II, 484 Y 496 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.".
Registro digital (IUS): 249223