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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249230
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 156
PRUEBA PERICIAL CALIGRAFICA. EL AUTO QUE DECRETA SU DESAHOGO NO CAUSA NINGUN PERJUICIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 156
El hecho de que la Sala del conocimiento dicte un auto ordenando la práctica de una prueba pericial caligráfica, no causa ningún perjuicio a la parte, en tanto que será hasta el momento en que se tome alguna determinación con base en dicha probanza, cuando se esté en condiciones de saber si la misma le afecta o no, pues de otra manera se prejuzgaría acerca de la afectación que tal determinación pudiese ejercer sobre su interés jurídico, pues no existe entre aquélla y ésta una relación de causa a efecto necesaria, en la que se pudiese prever lógicamente una lesión.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1857/81. Chernos, S.A. 25 de enero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretario: Martha Elba Hurtado Ferrer.