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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249235
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 158
PRUEBA TESTIMONIAL, DESECHAMIENTO LEGAL DE LA, POR FALTA DE SEÑALAMIENTO DE DOMICILIOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 158
Cuando la parte oferente no señala domicilios de los testigos propuestos ni se compromete a presentarlos, la Junta resuelve legalmente al desechar la prueba conforme a lo dispuesto por la fracción II del artículo 813 de la Ley Federal del Trabajo, pues la falta de domicilios impide la citación de los testigos por la propia Junta.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 8/84. Comaco de México, S.A. de C.V. 17 de febrero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: José Luis Guzmán Barrera.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIMONIAL. DESECHAMIENTO LEGAL DE LA PRUEBA.".