Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249254
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249254
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 173
REMATE EN MATERIA FISCAL, LOS BIENES MATERIA DEL, PASAN LIBRES DE TODO GRAVAMEN.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 173
El artículo 147 del Código Fiscal de la Federación, al determinar que los bienes inmuebles rematados pasarán a ser propiedad del postor, libres de todo gravamen, no hace distinción al respecto, por lo que debe entenderse que pasan libres de cualquier clase de gravamen y no solo de los fiscales.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 5/84. Nicolás Martínez Lara. 16 de febrero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano.