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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249283
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 197

SUSPENSION. CENTROS DE VICIO. ARTICULO 124, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 197

Precedentes

Amparo en revisión 666/84. José Garrido Sicilia. 12 de junio de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Enrique R. García Vasco. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION, IMPROCEDENCIA DE LA. CENTRO DE VICIO. ARTICULO 124, FRACCION II, DE LA LEY DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 249283