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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249308
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 217

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. PUEDE DICTAR SENTENCIA PARA EFECTOS AUN CUANDO SEA UN TRIBUNAL DE ANULACION Y NO DE PLENA JURISDICCION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 217

Precedentes

Amparo directo 361/83. Decorex Cuauhtémoc, S.A. 16 de enero de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: María Elena Segovia Díaz de León.
Registro digital (IUS): 249308